En su numeral 3.1.1 el Manual del Sistema de Información del Mercado (MSIM) establece que el público en general tendrá acceso, al menos, a la Información Pública que se describe en el Capítulo 3 del MSIM, misma que será puesta a su disposición por el Centro Nacional de Control de Energía (CENACE) a través del Área Pública del Sistema de Información del Mercado (SIM) dentro de los plazos señalados en cada caso en específico.