Una vez que el CENACE calcula y publica la asignación anual de los Derechos Financieros de Transmisión Legados, se pasa por un proceso de Aceptación o
rechazo de Derechos Financieros de Transmisión Legados. Una vez concluido el periodo de aceptación o rechazo establecido en el Manual de Derechos
Financieros de Transmisión Legados, la asignación final se incorporará al Registro de los Derechos Financieros de Transmisión.
En caso de que los participantes elegibles reporten al CENACE adiciones y/o retiros de centros de carga, se realiza el siguiente proceso para el
re-cálculo mensual de los Derechos Financieros de Transmisión Legados:
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Recepción de la información referente a adiciones y/o retiros de centros de carga. El Suministrador de Servicios Básicos y el Generador de
Intermediación, de acuerdo con el numeral 2.5.2 inciso (c) y 6.2.2 del Manual de Asignación de Derechos Financieros de Transmisión Legados, entrega
oportunamente al CENACE la información del retiro o adición de los Centros de Carga.
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El CENACE valida la información del retiro y alta de los Centros de Carga del Suministrador de Servicios Básicos y del Generador de Intermediación.
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Se realiza el re-cálculo para la asignación mensual de los Derechos Financieros de Transmisión Legados conforme a la información de retiro y altas
de Centros de Carga y, posteriormente, se publican los resultados.
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Aceptación o rechazo de Derechos Financieros de Transmisión Legados. Una vez concluido el periodo de aceptación o rechazo establecido en el Manual
de Derechos Financieros de Transmisión Legados, la asignación final se incorporará al Registro de los Derechos Financieros de Transmisión.