Derechos Financieros de Transmisión (DFT)

Los Derechos Financieros de Transmisión Legados (DFT Legados) son un tipo especial de DFT, creados a partir del uso histórico de la red nacional de transmisión. Tienen como objetivo permitir que se respeten las características de los contratos legados vigentes antes de la entrada en vigor de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE).

Los DFT Legados se otorgaron a los siguientes Participantes del Mercado:

  • Suministrador de Servicios Básicos (Comisión Federal de Electricidad), y
  • Generador de Intermediación, quien es el responsable de representar en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) a todos los titulares de Contratos de Interconexión Legados (CIL) que estuvieron y siguen en operación antes y después de la entrada de la LIE.

La primera asignación anual de DFT Legados en el MEM se realizó el 30 de noviembre de 2016 y el 30 de noviembre de 2017 se inició la ejecución de recálculos mensuales, de acuerdo a como lo establece la Base 13 de las Bases del Mercado Eléctrico y el Manual de Prácticas de Mercado correspondiente.

Ver:

Asignación de DFT Legados
Insumos para el cálculo
Los Derechos Financieros de Transmisión (DFT) son un componente del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM). Son productos financieros que otorgan a su titular el derecho y la obligación de cobrar o pagar la diferencia que resulte del valor de los componentes de congestión marginal de los Precios Marginales Locales del Mercado del Día en Adelanto (MDA) en dos NodosP: un nodo de origen y un nodo de destino. No otorgan un derecho físico para usar la Red Nacional de Transmisión o las Redes Generales de Distribución.
Los DFT pueden ser adquiridos por: